miércoles, 16 de octubre de 2019

LEY N° 1231 - Se declara Patrimonio Cultural Material Inmueble del Estado Plurinacional de Bolivia, a la Casa Museo “Marina Núñez del Prado”

LEY N° 1231
LEY DE 18 DE SEPTIEMBRE  DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Se declara Patrimonio Cultural Material Inmueble del Estado Plurinacional de Bolivia, a la Casa Museo “Marina Núñez del Prado”, ubicada en la Avenida Ecuador N° 2034 del Municipio de La Paz, Provincia Murillo del Departamento de La Paz.

ARTÍCULO 2. Se declara Patrimonio Cultural Material Mueble del Estado Plurinacional de Bolivia, el conjunto de Pinturas, Esculturas, Platería, Artesanía y otros bienes culturales que conforman la obra artística de la Casa Museo “Marina Núñez del Prado”.
ARTÍCULO 3. Se crea el Centro Cultural “Museo Marina Núñez del Prado”, conformado por los Patrimonios Culturales declarados en los Artículos 1 y 2 de la presente Ley, bajo tuición y administración de la Fundación Cultural del Banco Central de Bolivia, para su conservación, restauración, preservación, protección, promoción, difusión y gestión cultural. Para tal efecto se exceptúa al Banco Central de Bolivia, de la aplicación del segundo párrafo del Artículo 82 de la Ley N° 1670 de 31 de octubre de 1995, modificado por Ley N° 398 de 3 de septiembre de 2013.
ARTÍCULO 4. Se dispone la inscripción del derecho propietario a favor de la Fundación Cultural del Banco Central de Bolivia en el Registro de Derechos Reales del Distrito Judicial del Departamento de La Paz, del bien inmueble ubicado en la Avenida Ecuador N° 2034 de la ciudad de La Paz, con Matrícula Computarizada N° 2.01.0.99.0040730, colindante al Norte, con la Avenida Ecuador; al Sur, con la propiedad identificada con código catastral 029000700850000; al Este con las propiedades identificadas con los códigos catastrales 029000700680000 y 029000700830000; y al Oeste, con las propiedades identificadas con los códigos catastrales 029000700610000 y 029000700620000; constituyéndose la Resolución de la Asamblea General de la “Fundación Núñez del Prado” de fecha 26 de febrero de 2019, mediante el cual se autoriza la transferencia, a título gratuito, del Inmueble ubicado en la Avenida Ecuador N° 2034; a favor de la Fundación Cultural del Banco Central de Bolivia, la Resolución del Consejo de Administración de la Fundación Cultural del Banco Central de Bolivia N° 036/2019 de fecha 9 de mayo de 2019, y la presente Ley, en instrumentos legales plenos y suficientes para la inscripción del derecho propietario en Derechos Reales.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA. Se autoriza a la Fundación Cultural del Banco Central de Bolivia, a cubrir los gastos y pasivos que pudieran emerger para el cumplimiento de la presente Ley, en el marco de la normativa vigente.
SEGUNDA. La aplicación de la presente Ley no comprometerá recursos adicionales del Tesoro General de la Nación – TGN.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.
Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Víctor Hugo Zamora Castedo, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Norman Lazarte Calizaya.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Wilma Alanoca Mamani. 

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