LEY  Nº 097
LEY DE 17 DE MARZO DE 2011
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE  CONSTITUCIONAL  DEL  ESTADO  PLURINACIONAL  DE  BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA  ASAMBLEA  LEGISLATIVA  PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.  
De
 conformidad con el Artículo 158, parágrafo I, atribución 14ª, de la 
Constitución Política del Estado, se ratifica el “Acuerdo de Cooperación
 Cultural entre el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia y el 
Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela”, suscrito en la 
ciudad de Barinas,   República Bolivariana de Venezuela, el 30 de abril 
de 2010. 
Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es
 dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a
 los catorce días del mes de marzo del año dos mil once.
Fdo.
 René Oscar Martínez Callahuanca, Héctor Enrique  Arce Zaconeta, Zonia 
Guardia Melgar, Carmen García M., Esteban Ramírez Torrico, Ángel David 
Cortés Villegas. 
Por   tanto,   la   promulgo   para   que   se   tenga   y   cumpla   como   Ley   del  Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio   de   Gobierno   de   la   ciudad   de    La  Paz,  a  los  diecisiete  días  del mes de marzo de dos mil once años.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo. 
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